34 resoluciones, seis décadas de sanciones y una nueva ofensiva de Washington
“La Asamblea General de Naciones Unidas volvió a exigir el levantamiento del bloqueo económico, comercial y financiero contra Cuba. Sin embargo, la votación de 2026 revela un cambio preocupante: aunque la mayoría de los países continúa rechazando las sanciones estadounidenses, Washington ha conseguido reducir considerablemente el respaldo diplomático a La Habana. La confrontación entre ambas delegaciones, las nuevas restricciones energéticas y las acciones judiciales contra Raúl Castro agravan una disputa que lleva más de seis décadas”.
KontraPortada | Reportaje de análisis político internacional |
1 de noviembre de 2026
La Asamblea General de las Naciones Unidas volvió a pronunciarse el 28 de octubre de 2026 contra el bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por Estados Unidos a Cuba. Por trigésima cuarta ocasión desde 1992, el organismo aprobó una resolución que reclama el levantamiento de las sanciones que Washington mantiene contra la isla desde hace más de seis décadas. Pero esta vez la votación estuvo marcada por un deterioro de las relaciones diplomáticas, nuevas medidas de presión económica y una confrontación verbal entre el representante estadounidense y el canciller cubano que obligó a suspender temporalmente la sesión.
La resolución A/81/L.5 fue aprobada con 130 votos a favor, 17 en contra y 25 abstenciones. Aunque representa una nueva victoria diplomática para Cuba, las cifras muestran una reducción considerable del apoyo internacional respecto a 2024, cuando 187 países respaldaron el levantamiento del bloqueo y solamente Estados Unidos e Israel votaron en contra. En 2025, el respaldo ya había descendido a 165 votos. La tendencia constituye uno de los aspectos políticos más relevantes de la votación de este año: Washington sigue sin conseguir una mayoría favorable a su política, pero ha logrado debilitar el consenso que durante décadas acompañó las reclamaciones cubanas.
El resultado tampoco puede analizarse separadamente de las presiones diplomáticas denunciadas por La Habana. El 21 de octubre, el ministro de Relaciones Exteriores de Cuba, Bruno Rodríguez Parrilla, acusó al Departamento de Estado estadounidense de amenazar a gobiernos extranjeros con restricciones comerciales, denegación de visados y sanciones económicas si mantenían su respaldo a la resolución. Según el canciller, el secretario de Estado, Marco Rubio, habría participado personalmente en las gestiones para modificar el comportamiento de determinadas delegaciones. Reuters informó de estas acusaciones y señaló que el Departamento de Estado no había respondido inmediatamente a su solicitud de comentarios. Las denuncias requieren una investigación independiente, pero plantean una cuestión de fondo: hasta qué punto las decisiones de los Estados en Naciones Unidas pueden ejercerse libremente cuando una potencia económica utiliza sus relaciones bilaterales para influir en las votaciones.
La tensión estalló el 27 de octubre, durante la intervención del embajador estadounidense ante Naciones Unidas, Mike Waltz. El diplomático acusó al Gobierno cubano de corrupción, represión política y enriquecimiento de sus dirigentes, mientras responsabilizaba a las autoridades de La Habana por las privaciones que sufre la población. Exhibió fotografías y se refirió a supuestos activos financieros vinculados a estructuras militares cubanas, argumentos que Washington utiliza para sostener que las dificultades económicas de la isla son consecuencia fundamentalmente de su sistema político.
El canciller cubano Bruno Rodríguez Parrilla interrumpió la intervención mediante una moción de orden, invocando el artículo 71 del reglamento de la Asamblea General. Solicitó a la presidencia que llamara al orden al representante estadounidense por considerar que sus declaraciones resultaban ofensivas contra Cuba y su pueblo. La discusión subió de tono cuando Waltz exigió a los integrantes de la delegación cubana que retrocedieran y afirmó que estaban en Estados Unidos. El presidente de la Asamblea suspendió temporalmente la sesión para restablecer el orden. El incidente quedó documentado en la información oficial de Naciones Unidas.
Al día siguiente, Rodríguez Parrilla respondió desde la tribuna recordando que aquel recinto pertenece a Naciones Unidas y constituye un espacio de representación de los Estados soberanos, independientemente del país donde se encuentra su sede. Su intervención resumió una contradicción que atraviesa las relaciones internacionales: Estados Unidos alberga la sede principal de la ONU, pero esa condición territorial no le otorga autoridad política sobre los representantes de los demás países ni sobre las decisiones de la Asamblea General.
La controversia adquirió así una dimensión que excede las relaciones bilaterales entre Washington y La Habana. Lo ocurrido en Nueva York refleja el enfrentamiento entre una concepción de las relaciones internacionales sustentada en la capacidad de presión económica y militar de las grandes potencias y otra basada en la igualdad jurídica de los Estados, reconocida en la Carta de Naciones Unidas. Sin embargo, el respeto a esa igualdad también exige que las delegaciones observen los procedimientos y las normas de conducta establecidos para las deliberaciones diplomáticas.
Las sanciones estadounidenses contra Cuba tienen sus antecedentes en 1960, cuando Washington comenzó a imponer restricciones comerciales después de las nacionalizaciones realizadas por el Gobierno revolucionario de Fidel Castro. En febrero de 1962, la administración de John F. Kennedy amplió el embargo comercial. Posteriormente, la Ley Torricelli de 1992 y la Ley Helms-Burton de 1996 reforzaron las restricciones y extendieron sus efectos sobre empresas extranjeras. Esta última legislación convirtió buena parte del régimen de sanciones en una política cuya eliminación integral depende del Congreso estadounidense, limitando la capacidad de cualquier presidente para levantarlo unilateralmente.
El carácter extraterritorial de estas disposiciones constituye uno de los principales argumentos jurídicos contra el bloqueo. Las restricciones pueden afectar a bancos, compañías navieras, aseguradoras e inversionistas de terceros países que mantienen relaciones comerciales con Cuba. La resolución aprobada en 2026 vuelve a cuestionar estas medidas por sus efectos sobre la soberanía de otros Estados y la libertad del comercio internacional. Aunque la Asamblea General no tiene facultades para obligar directamente a Washington a derogar sus leyes, sus pronunciamientos expresan una posición política y jurídica sostenida durante más de tres décadas.
La crisis económica cubana se ha agravado durante 2026 con las restricciones al abastecimiento de combustible, que afectan la generación eléctrica, el transporte, la producción industrial y los servicios públicos. El Gobierno cubano calcula que las pérdidas económicas asociadas al bloqueo alcanzaron aproximadamente 8.080 millones de dólares durante los doce meses terminados en febrero de 2026. Se trata de una estimación oficial de La Habana, cuya metodología debe distinguirse de una evaluación independiente. Sin embargo, los efectos humanitarios de la escasez energética y de las dificultades de abastecimiento fueron reconocidos por distintas delegaciones durante el debate de Naciones Unidas.
El representante de Singapur, hablando en nombre de la Asociación de Naciones del Sudeste Asiático, advirtió sobre la escasez de más del 60 % de los medicamentos esenciales y la existencia de cerca de 100.000 intervenciones quirúrgicas pendientes, entre ellas más de 11.000 correspondientes a menores de edad. Estas cifras, presentadas ante la Asamblea, describen una situación que compromete directamente el derecho a la salud. Resulta difícil sostener que una política destinada a presionar a un gobierno puede mantenerse indefinidamente sin considerar sus consecuencias sobre millones de ciudadanos que no tienen responsabilidad en las decisiones políticas de sus gobernantes.
Resulta profundamente injusto responsabilizar al Gobierno cubano de las dificultades económicas de la isla sin considerar las condiciones extraordinarias en las que se ha visto obligado a administrar el país durante más de seis décadas. Cuba es una nación insular cuya economía depende considerablemente del comercio marítimo, de las importaciones de combustibles, alimentos, medicamentos, materias primas y tecnología. Sin embargo, las sanciones estadounidenses y sus efectos extraterritoriales restringen sus posibilidades de acceder al financiamiento internacional, establecer relaciones comerciales y contratar servicios de transporte y seguros en condiciones normales.
Incluso países y empresas que mantienen relaciones diplomáticas y comerciales con La Habana pueden verse disuadidos de realizar operaciones por temor a sanciones o dificultades financieras. En semejantes circunstancias, exigir al Gobierno cubano resultados económicos comparables a los de países que participan libremente en el mercado internacional supone desconocer las condiciones reales de esa desigualdad.
Podrán discutirse decisiones administrativas o políticas económicas internas, pero cualquier evaluación seria debe reconocer que el margen de maniobra del Estado cubano está severamente condicionado por una política de asfixia económica concebida precisamente para provocar dificultades materiales y presionar por un cambio de gobierno. La pregunta fundamental, por tanto, es cómo puede exigirse el desarrollo económico de una nación mientras se le impide ejercer plenamente su derecho a comerciar, financiarse y decidir soberanamente su propio destino.
La ofensiva estadounidense adquirió una nueva dimensión el 19 de octubre, cuando autoridades judiciales de Florida anunciaron una orden de arresto contra el expresidente cubano Raúl Castro, de 95 años, por su presunta responsabilidad en el derribo de dos avionetas de la organización Hermanos al Rescate, ocurrido en febrero de 1996 y en el que murieron cuatro personas. La acusación se refiere a una presunta conspiración para cometer asesinato en primer grado. La responsabilidad penal individual deberá establecerse mediante un procedimiento judicial con las garantías correspondientes. La orden no equivale a una condena ni constituye por sí misma una autorización para detenerlo en territorio cubano.
El canciller Bruno Rodríguez rechazó la medida judicial y la interpretó como una nueva acción de hostilidad contra Cuba. Su anuncio, pocos días antes de la votación en Naciones Unidas, aumentó la tensión entre ambos gobiernos. Sin embargo, aunque su coincidencia temporal tiene relevancia política, no demuestra por sí sola que la orden judicial haya sido concebida para influir en la votación. La causa tiene antecedentes judiciales anteriores a octubre de 2026, relacionados con el derribo de las aeronaves.
Las advertencias sobre una eventual intervención militar estadounidense añaden un elemento de incertidumbre. La administración de Donald Trump ha intensificado su discurso favorable a un cambio político en Cuba, mientras sectores de la política estadounidense han planteado públicamente escenarios de intervención. Hasta el presente reportaje, no existe una confirmación verificable de una orden presidencial para invadir militarmente la isla, sin embargo, existe un perspicacia latente que se puede producir, tal como la invasión y el secuestro del presidente Nicolas Maduro y su esposa el pasado 3 de enero en Venezuela.
La posición estadounidense también presenta una contradicción política. Washington afirma que sus sanciones buscan defender los derechos humanos y las libertades de los cubanos, pero mantiene una política que restringe las posibilidades de desarrollo económico de la población a la que declara querer proteger. Las libertades civiles y políticas deben ser respetadas por el Gobierno cubano, y las denuncias de detenciones arbitrarias o restricciones a la expresión merecen investigación. Sin embargo, esas obligaciones no conceden automáticamente a otro Estado el derecho a imponer medidas económicas extraterritoriales que agraven las condiciones materiales de vida de la población.
Desde la perspectiva del derecho internacional, la soberanía cubana y los derechos humanos de sus habitantes no son principios incompatibles. La defensa de la libre determinación de los pueblos exige rechazar las intervenciones extranjeras contrarias a la Carta de Naciones Unidas, mientras que la protección de las libertades fundamentales obliga a exigir responsabilidades a las autoridades nacionales. Utilizar una de estas obligaciones para negar la otra termina debilitando ambas.
La votación de 2026 deja, además, una señal preocupante para América Latina. Durante décadas, el rechazo al bloqueo estadounidense contra Cuba fue una de las posiciones diplomáticas más extendidas entre los países de la región. La reducción del respaldo internacional evidencia que las alianzas y los intereses estratégicos están modificando el comportamiento de los gobiernos. El resultado no demuestra que la mayoría de los Estados haya aceptado la legitimidad del embargo, pero sí confirma que el consenso diplomático que lo cuestionaba se ha debilitado.
La cuestión adquiere mayor importancia cuando se observa el papel de Naciones Unidas. Desde 1992, la Asamblea General ha aprobado 34 resoluciones contra el embargo estadounidense. Ninguna ha conseguido ponerle fin. Este resultado revela una limitación institucional, las resoluciones de la Asamblea tienen un considerable peso político, pero carecen, en este caso, de mecanismos de ejecución obligatoria. Estados Unidos puede desatenderlas sin que el organismo disponga de una vía directa para imponer su cumplimiento.
La persistencia del bloqueo contra Cuba expone así una desigualdad en la aplicación efectiva de las normas internacionales. Las potencias con mayor capacidad económica, diplomática y militar disponen de instrumentos para sostener políticas que una mayoría de Estados rechaza. Esa realidad debilita la credibilidad del multilateralismo y alimenta la percepción de que las reglas internacionales se aplican de manera diferente según el poder del Estado involucrado.
Después de 34 resoluciones, la comunidad internacional continúa reclamando el levantamiento de las sanciones, mientras Cuba enfrenta una de sus crisis económicas y energéticas más severas. La administración Trump ha endurecido las restricciones y el Gobierno cubano insiste en que defenderá su soberanía frente a cualquier intento de intervención extranjera. Entretanto, los ciudadanos de la isla siguen soportando las consecuencias materiales de una confrontación que se prolonga desde la Guerra Fría.
La resolución de octubre de 2026 confirma que Estados Unidos continúa en minoría frente a la exigencia de terminar el embargo, aunque esa minoría se haya ampliado. El problema político de fondo permanece sin resolver: ¿de qué sirve que Naciones Unidas condene durante 34 años consecutivos una política económica si el Estado que la aplica puede mantenerla indefinidamente? La respuesta no depende de otra votación simbólica, sino de la capacidad de los Estados para convertir el rechazo diplomático en decisiones políticas efectivas y de la voluntad de Washington de abandonar una estrategia que, después de más de seis décadas, no ha conseguido sus objetivos declarados.