cuando el derecho pierde el camino
23 agosto 2026
Ministerio del Trabajo deja un vacío institucional que complica la aplicación efectiva de derechos laborales.
11 circulares fueron derogadas por el Ministerio del Trabajo mediante la Resolución 2708 de 2026. Los derechos relacionados con ellas siguen vigentes, pero ¿qué pasa cuando se retiran los lineamientos que orientan cómo hacerlos efectivos?
Las circulares funcionaban como una ruta administrativa para funcionarios e inspectores del ministerio. Allí se establecía como actuar frente a despidos de trabajadores con protección reforzada, conflictos sindicales, jornadas laborales, inspecciones o condiciones de trabajo en plataformas digitales, entre otros casos.
Sin estos lineamientos, los derechos siguen escritos en la ley, pero los procesos institucionales para exigirlos cambian. Esa diferencia es relevante en un país donde históricamente la existencia de una garantía jurídica no siempre ha significado que su cumplimiento sea inmediato o sencillo.
Para hacer efectivo un derecho, también se necesitan autoridades, procedimientos y criterios claros que permitan actuar adecuadamente frente a su incumplimiento. Al retirar estas circulares, dichas rutas dejan de funcionar como referentes administrativos.
¿Qué regulaban exactamente estas circulares?
Jornada laboral y remuneración a destajo:
Una de las circulares retiradas es la 0101 de 2025, relacionada con la reducción de la jornada laboral, el trabajo suplementario, las horas extras y la remuneración a destajo.
Estabilidad laboral reforzada:
También quedaron sin efectos las circulares 0120 de 2025 y 0049 de 2026, relacionadas con los procedimientos para autorizar la terminación de vínculos de personas protegidas por estabilidad laboral u ocupacional reforzada debido a discapacidad o condiciones de salud.
Estas circulares establecían requisitos, etapas y criterios para las actuaciones de los inspectores.
Libertad sindical y negociación colectiva:
Las circulares 0032 y 0088 de 2026, relacionadas con libertad sindical y negociación colectiva, también fueron retiradas.
La primera contenía orientaciones sobre permisos sindicales, acuerdos y convenciones colectivas, mientras la segunda abordaba aspectos de la negociación colectiva. Con su derogatoria se pierde un instrumento administrativo de orientación para estas actuaciones.
Plataformas digitales:
La Circular 0086 de 2026 establecía lineamientos para la inspección laboral en plataformas digitales de reparto, incluyendo criterios para identificar posibles relaciones laborales y verificar aspectos relacionados con protección y seguridad social.
Trabajo doméstico:
Otra de las circulares retiradas es la 0089 de 2026, dedicada a la inspección del trabajo doméstico remunerado. El documento contemplaba orientaciones sobre condiciones laborales, seguridad social, seguridad y salud en el trabajo y prevención de violencias, entre otros asuntos.
Ahora el Ministerio tendrá que definir qué herramientas reemplazarán esos lineamientos y bajo qué criterios se aplicarán. Mientras esas nuevas rutas se construyen, queda una pregunta abierta: ¿cómo se garantizará que la protección laboral no dependa de que cada trabajador tenga que descubrir por su cuenta el camino para exigirla?
Por: Laura Urbano
Periodista KontraPortada